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BIENVENIDOS a este blog que ofrece a la Comunidad Educativa de la U. E. P. Bolívar y Palacios información de interés acerca de los distitos ámbitos de la vida escolar.

viernes, 8 de febrero de 2013

Reglamento Interno: Capítulo 5

CAPÍTULO V
PADRES Y REPRESENTANTES, DISPOSICIONES GENERALES

Art. 32  Este reglamento tiene por objeto garantizar a todos los niños y adolescentes, que se encuentren en el Colegio, el ejercicio y el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y deberes, a través del acompañamiento integral que los Profesores, los Coordinadores,  la Directora y los Padres y Representantes deben brindarles desde el momento de su inscripción en el plantel.
 Art. 33 Los Padres y Representantes son responsables, de forma prioritaria, inmediata e indeclinable, de asegurar a los niños y adolescentes el ejercicio y disfrute pleno y efectivo de sus derechos y deberes. El padre y la madre tienen responsabilidades y obligaciones comunes e iguales en lo que respecta a la  educación integral de sus hijos.
 Art. 34 El Colegio debe asegurar políticas, programas y asistencia apropiada para que los Padres y Representantes puedan asumir adecuadamente esta responsabilidad, y para que los padres y las madres asuman, en igualdad de condiciones, sus responsabilidades y obligaciones.
 Art. 35 Los Padres y Representantes tienen la obligación inmediata de garantizar la educación de los niños y adolescentes. En consecuencia, deben inscribirlos oportunamente en el Colegio, de conformidad con la Ley, así como exigirles su asistencia regular a clases y participar activamente en su proceso educativo.
 Art. 36 El acceso a las instalaciones del Colegio durante el horario escolar queda prohibido a toda persona que no sea alumno, docente o empleado del mismo, salvo emergencias, eventos especiales o cuando se tengan citas con Docentes, Psicólogo, Coordinadores o Directivo.


 Deberes de los Representantes
 Art. 37 Conocer la Ley Orgánica de Educación, LOPNNA y el Proyecto Educativo y Reglamento del Plantel.
 Art. 38 Conocer y asumir los objetivos del Plantel y el Reglamento Interno del Plantel.
 Art. 39 Colaborar activamente en la orientación educativa general del Plantel.
 Art. 40 Acudir periódicamente al Colegio para informarse de las actividades de su representado.
 Art. 41 Asistir al Plantel a la hora y fecha que se le convoque o le cite la Dirección, la Coordinación, el Dpto. de Psicología o un Docente.
 Art. 42 Cancelar las mensualidades del mes que se inicia, los primeros cinco días de cada mes.
 Art. 43 Participar en la organización y deliberación de la Sociedad de Padres y Representantes y cumplir lo que pauten sus estatutos.
 Art. 44 Asistir y participar de los actos y reuniones a los cuales sea invitado o convocado.
 Art. 45 Hacer que su representado cumpla con los trabajos que sean asignados y dedique suficiente tiempo al estudio de las asignaturas.
 Art. 46 Cuidarán que sus hijos cumplan con la obligación de asistir a clases, llevar los útiles adecuados y dar el trato correcto a las instalaciones, equipo y, en general, los recursos del Colegio.
 Art.47 Velar por el cumplimiento del traje escolar de acuerdo a las regulaciones pertinentes.
 Art. 48 Participar a la Coordinación / Dirección del Plantel cualquier cambio de residencia.
 Art. 49 Informarse sobre el horario escolar de su representado y hacer que lo cumpla cabalmente.
 Art. 50 Responder por los daños que ocasione su representado en los materiales, muebles e instalaciones del Colegio.
 Art. 51 Informar al Plantel de las situaciones de inasistencia del alumno a clases, justificando por escrito las mismas.
 Art. 52 Interesarse por la formación humana y ciudadana de su representado, como lo establece el ideario educativo, participando en las actividades que el Colegio promueva, tales como: Convivencias, Escuelas de padres, Talleres u  otros.
 Art. 53 Recoger a sus hijos a más tardar treinta minutos después de que su última clase haya terminado. Pasado ese tiempo el Colegio no puede garantizar ninguna vigilancia para quienes permanezcan todavía en el plantel.
 Art. 54 Informar a la Dirección del Colegio en caso de que el niño padezca alguna enfermedad contagiosa, y no mandarlo a clases sino hasta que el periodo de contagio haya pasado.
 Art. 55 Apoyar al Colegio para el logro del proceso y objetivos educativos, brindando su colaboración a las maestras, profesores, coordinadores y directores, manteniéndose informados de la conducta y aprovechamiento de sus hijos, partiendo de la premisa de que los padres forman parte del proceso educativo y no deben estar ajenos a él.
 Art.56  Cumplir con las contribuciones y demás aportes establecidos para la Sociedad de Padres y Representantes.
 Art.57  Conocer y apoyar la labor educativa que lleva a cabo el Plantel, promover sentimientos positivos hacia el centro educativo y sus docentes y evitar por todos los medios desacreditar las políticas y las normas disciplinarias del  Plantel.
 Art.58 Atender las recomendaciones que les formulen los miembros del personal directivo y docente del Plantel acerca de sus representados, en cuanto a comportamiento, asistencia, rendimiento estudiantil, salud, deportes, recreación, atención especial y demás aspectos del proceso educativo.
 Art.59 Observar un trato adecuado y cortés con las personas que laboran en el plantel y demás integrantes de la comunidad educativa.
 Art. 60  Informar a las autoridades educativas del plantel acerca de cualquier irregularidad que pueda afectar la buena marcha del proceso educativo.
Art. 61  Firmar los documentos relativos al proceso educativo de su representado, cuando así lo exijan las autoridades competentes.
 Art. 62 Los demás deberes que señalen las leyes, reglamentos y disposiciones emanadas de las autoridades competentes.
 Art. 63  Tener presente que la responsabilidad del plantel en el cuidado de los alumnos y alumnas termina 30  minutos después de la hora señalada para la salida, de acuerdo al horario de cada sección o actividad con responsable de la Institución, aunque queda abierta la colaboración del plantel para casos excepcionales.

  Derechos de los Representantes
 Art. 64 Plantear las observaciones y reclamos que crea conveniente, todo ello siempre dentro de un clima de consideración y respeto.
 Art. 65 Solicitar la oportuna información sobre el rendimiento y conducta de su representado, en día y horas establecidos en la Coordinación / Dirección.
 Art. 66 Ser informado acerca de la Organización de la Sociedad de Padres y Representantes y ser informados sobre el manejo de los fondos de la misma.
 Art. 67 Ejercer su defensa y la de sus representados ante las autoridades correspondientes o ante los órganos de la Comunidad Educativa cuando corresponda.
 Art. 68 Ser informado acerca de la organización y funcionamiento del plantel, de la planificación del docente y de la evaluación.
 Art. 69 Ser atendido oportunamente en los horarios dispuestos para tal fin y recibir un trato afable y cortés por parte del personal que trabaja en el plantel.
 Art. 70 Tener voz y voto en la Asamblea de Padres y Representantes.
 Art. 71 Elegir y ser elegido como miembro de la Junta Directiva de la Sociedad de Padres y Representantes.
 Art. 72 Formar parte de las comisiones de trabajo de la Comunidad Educativa.
 Art. 73  Ser informado periódicamente sobre el manejo de los fondos de la Sociedad de Padres y Representantes.
 Art. 74 Recibir constancia de haber asistido al plantel para tratar asuntos relacionados con la educación de su representado.

Referencias Bibliográficas:
El presente documento se basa en los siguientes instrumentos legales:
• Constitución Bolivariana de la República de Venezuela.
• Ley Orgánica de Educación y su Reglamento General.
• Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente.
• Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y Adolescente.
• Ley Orgánica del Trabajo.
• Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos.
Otras fuentes:
• Fe y Alegría “Mons. Romero” (2006). “Manual de Convivencia”, Barquisimeto (Edo. Lara).
• PERRET G., Cristóbal.  “Reglamento Interno tipo Centros Educativos de Fe y Alegría de la Zona Caracas”, Caracas.